Somos Abogados expertos en Sanciones y Expedientes Disciplinarios
En la gran mayoría de los Convenio Colectivos de aplicación existe un régimen disciplinario a través del cual las empresas tienen la potestad de interponer sanciones a los trabajadores siempre y cuando se produzcan alguno de los hechos tipificados en dichos textos. Si es este tu caso y la empresa te ha impuesto una sanción, debes acudir sin demora a tu abogado laboralista.
Cada Convenio Colectivo recoge diferentes hechos que pueden ser sancionados, con diferentes calificaciones, inclusive con diversos procedimientos que la empresa y el trabajador deben seguir ante estos hechos, por lo que es esencial que solicites ayuda a tu abogado experto laboralista en sanciones, quien te asesorará y se encargará de toda tu defensa frente a la empresa desde el momento en que se produce la sanción.
Los hechos que se imputan a un trabajador y que dan lugar a una sanción, pueden ser calificados como:
- Faltas leves
- Faltas graves
- Faltas muy graves
Cada tipo de falta a su vez tiene asociada unas sanciones concretas, que pueden ir desde una mera amonestación por escrito o verbal en el caso de las faltas leves, pasando por suspensiones de empleo y sueldo de diferentes días en atención a la calificación de la falta, así como otras sanciones específicas de cada Convenio Colectivo, hasta inclusive el despido para los casos de faltas muy graves.
Independientemente del tipo de sanción que exista, inclusive en los casos de las menores sanciones como puede ser una amonestación por escrito o verbal, es importante que reclames contra la misma y te pongas en mano de tu abogado, puesto que no hacerlo implica su aceptación y puede ser usado en un momento posterior para imponer una sanción mucho más grave por reincidencia.
La reclamación ante cualquier sanción puede tener su base en dos aspectos diferenciados, más allá de posibles defectos formales.
- La no aceptación de los hechos que se imputan en la sanción.
- La no aceptación de la calificación de la falta y de la sanción. Es decir, se produce en los casos en que el trabajador acepta que se ha producido el hecho descrito, pero no lo considera con la suficiente gravedad como para que se le imponga una sanción concreta.
Especialmente importante es que acudas a tu abogado laboralistas especializado en sanciones a la mayor celeridad posible, ya que tan sólo hay un plazo de 20 días hábiles para poder reclamar contra la sanción impuesta.
Procedimientos a seguir si te han sanciaodnado
El procedimiento a seguir en estos casos es el siguiente. En primer lugar, firmar la carta de notificación cómo no conforme, señalando la fecha en que se te ha dado traslado de la misma y quedándote copia de dicha comunicación.
Acto seguido, y tras acudir a tu abogados laboralista, es necesario interponer una papeleta de conciliación ante el servicio de mediación, arbitraje y conciliación del lugar correspondiente con el fin de que las partes sean citadas a un intento de acuerdo.
Especialmente importante es este primer paso, puesto que a efectos prácticos debe ser formulada dicha papeleta como si de una demanda se tratase, ya que en caso de no hacerlo, en un posterior juicio, la empresa podría alegar indefensión.
En caso de llegar a un acuerdo en este primer intento de negociación, se paraliza el proceso. Si por el contrario, no se llegase a ningún acuerdo, el proceso continúa mediante la interposición de la demanda ante los Juzgados de lo Social citándose a las partes al acto de juicio.
¿Te han sancionado?
Llámanos al 91 402 51 96 y uno de nuestros Abogados especialistas en Sanciones y Expedientes Disciplinarios aclarará todas tus dudas.
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