Somos Abogados expertos en falsos autónomos
En los últimos tiempos está siendo bastante habitual la llamada figura de los falsos autónomos dentro del mercado laboral. Se entiende como tal aquellos que tienen las notas propias de la laboralidad del art. 1 del Estatuto de los Trabajadores, entendido como aquel que presta servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario.
Estos falsos autónomos, en realidad se trata de trabajadores de carácter ordinario, sin embargo, en determinadas ocasiones, con el único fin por parte del empresario de eludir responsabilidades, evitar el pago de las cotizaciones de Seguridad Social, pagar un salario por debajo de lo establecido por el Convenio Colectivo o poder extinguir la relación laboral con una indemnización mucho menor, procede a la contratación de estos profesionales bajo la figura de los falsos autónomos.
Si te encuentras en esta situación y consideras que eres un falso autómo, que sepas que aunque tengas concertado un contrato mercantil, tienes derecho a solicitar el reconocimiento de tu relación como laboral a todos los efectos en cualquier momento durante la existencia de la relación profesional, con los derechos inherentes a dicho reconocimiento, tales como el cobro de los salarios dejados de percibir u otros derechos adicionales, como son las vacaciones retribuidas o el pago de las cotizaciones no efectuadas.
Asimismo, en caso de que el empresario decida proceder a dar por finalizada tu relación profesional, tienes que saber igualmente que tienes derecho a demandar por despido como si de un trabajador normal se tratase, por lo que al igual que en el caso de los despidos, dispones de un plazo de 20 días hábiles para poder reclamar frente a dicha finalización.
Debido a la peculiaridad de la situación en la que se encuentra esta figura dentro del ordenamiento laboral, es totalmente esencial acudir a un abogado laboralista especializado en falsos autónomos, quien analizará tu situación en concreto y verá los indicios y pruebas existentes a fin de valorar el éxito de tu reclamación.
Procedimientos a seguir si eres un falso autónomo
En primer lugar, será necesario que recopiles todas las pruebas que puedas con el fin de poder demostrar en un juicio que realmente deberías ser un trabajador ordinario y no un autónomo, con el fin de facilitárselas a tu abogado laboralista que analizará el caso en concreto.
Una vez que se haya analizado el caso, es necesario realizar una primera reclamación ante el servicio de mediación, arbitraje y conciliación, quien citará a las partes a un intento de acuerdo.
Este momento se considera esencial, pues esta papeleta de conciliación debe ser redactada como si de una demandada se tratase y habrá que hacerla específica para cada caso de falso autónomo, ya que no hay dos supuestos iguales. El hecho de no prestar suficiente importancia a esta etapa puede suponer la diferencia entre el éxito y el fracaso de la reclamación.
Si finalmente no se llega a ningún acuerdo en conciliación, se procederá a imponer la demanda ante el Juzgado de lo Social a fin de que se señale fecha para el juicio.
¿Crees que estás trabajando como un falso autónomo?
Llámanos al 91 402 51 96 y uno de nuestros Abogados expertos en falsos autónomos aclarará todas tus dudas.
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